O Inocente

O Inocente John Grisham




Resenhas - O Inocente


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Thiago Oliveira 31/01/2011

Um novo fã de John Grisham
Neste livro o leitor depara-se com um assassinato muito misterioso e com suspeitos de reputação nada boa... mas isso vem depois!

A história inicia-se com a narração da vida de Ron Williamson quando menino. Um futuro astro do beisebol, uma verdadeira promessa. Ron tem a oportunidade de frequentar a liga profissional desde cedo e algumas escolhas erradas, profissionalmente falando, e algumas lesões no ombro não deixaram que a carreira de Ron fosse próspera. Por conta de uma preparação psicológica insuficiente Ron não aceitava o fim precoce da promissora carreira e começa a beber e usar drogas. Já adulto, mas ainda com o sonho impossivel de ser jogador de beisebol, Ron começa a exercer alguns trabalhos ligados à venda. Muito mimado desde cedo por sua irmã mais velha, Annette, Ron sente-se o "tal" da família Williamson. Ganha um carro e começa a frequentar bares noturnos, sendo um deles o Coachlight. Lá conhecera Dennis Fritz que tornara-se parceiro de bebida de imediato. Nesse mesmo bar trabalhava Debbie Carter.

Numa certa noite, Debbie é encontrada morta em seu apartamento com sinais de luta e estupro, um mistério para a polícia de Ada. Por ter um histórico nada favorável, Ron é tido como principal suspeito e Dennis, ppor ser seu amigo, também. No local do crime cabelos e pêlos pubianos foram coletados pela polícia. Com uma pressão enorme por parte dos policiais Ron narra um sonho, apenas um sonho, baseado nas torturas que o obrigavam a confessar a autoria do crime e a participação de Dennis. Ele narrou que havia sonhado que ele e Dennis haviam matado Debbie e para policia esse sonho era suficiente. Depois de tudo isso foram levados para testes arduos no polígrafo (detector de mentiras, completamente ineficaz) e forma julgados. Dennis recebera a oirdem de prisão perpétua e Ron levado para o corredor da morte.

Ron enlouquecera no corredor da morte e 11 anos deppois, num julgamento histórico, foram, ele e Dennis, declarados inocentes. Outros dois suspeitos foram declarados culpados.

Um livro espetecular que conta uma história real. John Grisham ainda críttica a justiça de Oklahoma e... sem mais delongas, espetacular.

Mais informações sobre o caso real acessem www.inoccenceproject.org.
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Carlos 25/04/2017

Desde el principio de la humanidad, el Estado (o el grupo, horda, tribu, etc., sea cual fuere la denominación que recibía la organización o cuasi-organización, que antecedió al nacimiento del Estado como tal) se arrogó la atribución y el poder de privar de la vida a alguno de sus miembros (o no) que hubieran cometido hechos punibles de gran gravedad, y no solo en tales casos sino que existía una amalgama inmensa de situaciones que, de acuerdo a las creencias de por entonces, ameritaban que se privara de la vida a otra persona. Del ejercicio de tal “poder” podemos hallar muestras infinitas desde las primeras civilizaciones humanas (Mesopotamia, Egipto, China, los reinos africanos, las tribus celtas, Grecia, Roma, etc.) y, lamentablemente, tiende a no desaparecer, pues puede vérsela presente incluso en sociedades avanzadas y democráticas como Japón y los Estados Unidos (de hecho, son las únicas democracias que la aplican). En las mismas Sagradas Escrituras encontramos relatos de la aplicación de la pena de muerte, un relato absolutamente crudo del ejercicio de tal atribución puede hallarse en los Libros de los Macabeos (consultar al efecto cualquier edición católica, recomendada especialmente la versión Nácar-Colunga), el mismo Jesucristo pereció a raíz de la aplicación de la pena en cuestión bajo el poder romano.

Dicho lo anterior debo decir que aún la cuestión abordada sea especialmente espinosa, y muy delicada, John Grisham lo hace con su maestría de siempre, aun cuando el presente libro se encuentre lejos de contarse entre sus mejores producciones.

Valga una aclaración inicial, el libro narra hechos reales, incluso lo son los nombres de los intervinientes. Una rápida sinopsis demuestra a la perfección aquello que nos deparará el libro: Ronald Keith Williamson, ex estrella de béisbol en equipos de secundaria, luego del abrupto final de su carrera y de una vida de abusos con las drogas y el alcohol, es acusado del homicidio y violación de una joven, sometido a juicio es condenado a muerte, sobre la base de una confesión de corte harto dudoso, un test no concluyente de unas muestras de vello púbico y una huella dactilar no identificada correctamente; tras doce años en el corredor de la muerte de una cárcel del Estado de Oklahoma, CINCO días antes de la fecha de la ejecución, se inició su ascenso a la libertad. Como lo decía el banner promocional “A veces la realidad, supera a la ficción”.

Hechas estas aclaraciones paso a exponer lo que me ha dejado este libro, aclarando que esta reseña será extensa puesto que el tema es de los que me gustan.

Para iniciar y refiriéndome a los aspectos puramente estéticos de esta obra, en este libro casi no se encuentran giros ni figuras propias de la literatura, para quienes no estén acostumbrados a este tipo de escritura, ella podría resultar algo, no obstante, la seriedad de la cuestión abordada, desde mi humilde punto de vista, amerita un lenguaje sobrio y cuidado. Por momentos se asemeja a un largo memorándum jurídico, no obstante, la lectura se disfruta de igual manera.

Debo decir igualmente que uno de los aspectos que más me han agradado de esta obra es que Grisham retrata al protagonista en toda su humanidad, es decir, no pretende maquillar sus defectos ni hacerlo parecer un “santo”, Ron Williamson era solo un hombre cualquiera y el autor lo retrata con todos sus defectos. Una víctima de sus circunstancias, acostumbrado desde muy joven a tener un trato de estrella (era uno de los mejores jugadores del equipo de beisbol de la secundaria a la que asistía), y que cayó en uno de los males más comunes que aquejan a los jóvenes deportistas que se inician en dicho mundo. Creció en una familia donde los recursos escaseaban, a pesar de lo cual caprichoso como era siempre exigió lo mejor a sus padres aunque éstos no pudieran dárselo, al acceder a las ligas menores se habituó a las fiestas nocturnas, a las bebidas, a las drogas y a estar siempre rodeado de mujeres, dato que resulta crucial a fin de comprender el declive en que ingresó luego del fracaso de su carrera a causa de una lesión, situación que le impidió seguir dedicándose al deporte. Luego de ello, no pudo conservar otros empleos, desperdició un talento innato para ventas y se agravaron sus problemas con la bebida.

Así pues, la narración de hechos reales no es fácil pues puede caerse en la tentación de idealizar a la persona sobre la que ésta gira, error en el cual no se incurre en el presente libro.

John Grisham ya había tratado la pena de muerte, con maestría en Cámara de gas (escrito en 1994, también existe una película basada en este libro protagonizada por Gene Hackman y Chris O’Donnell). En este libro, el autor indica su postura contraria a la pena de muerte, que comparto plenamente.

En cuanto a lo que hace a la cuestión de fondo, hace mucho tiempo soy un ferviente opositor a la pena de muerte (una muy buena película me hizo reconsiderar mi postura, Mientras estés conmigo (título latinoamericano), protagonizada por Susan Sarandon y Sean Penn, y que valió a la primera el Oscar a Mejor Actriz). En base a lo expresado, me permito traer a colación algunas palabras pronunciadas por el filósofo y profesor español Fernando Savater, cuyas esclarecedoras publicaciones condujeron a reforzar mi convicción. Señala éste que al aplicar la pena de muerte a un criminal no solo el Estado sino ”toda la sociedad se brutaliza a su imagen y semejanza para castigarles” (”Acerca de la pena de muerte”, disponible online en http://es.calameo.com/read/0040420275...) (En otras ocasiones ha señalado también lo siguiente: ”creo que se trata de una concesión a las fuerzas, a los temores reaccionarios y atávicos de la sociedad” [entrevista concedida a Radio Radical, 26/10/1992]; ”La pena de muerte, confunde la abolición del delito con abolición del delincuente” [columna para el diario El País, de España, 15/07/1993]). Particularmente, no podría estar más de acuerdo con lo expresado por Savater, en cuanto que no considero que la pena de muerte constituya el instrumento apropiado para salvaguardar la seguridad o el bienestar de la población.

Si observamos los que, tradicionalmente, son considerados como los fines de la pena (me refiero a la teoría clásica y aún vigente en muchas jurisdicciones que aplican el common law, no a las modernas concepciones de lo que ha de tenerse por la finalidad de la pena, emanada de la influencia de la escuela penalista alemana): la prevención, la disuasión y la retribución, la pena de muerte no cumple con ninguna de ellas. No cumple con la prevención pues no es capaz de evitar se comentan nuevos hechos punibles capitales (así llamados aquellos susceptibles de conllevar la pena de muerte), de hecho la prueba palpable de esto son los Estados Unidos, si la pena de muerte resultara plenamente eficaz, los Estados de Texas y Oklahoma serían el paraíso en la tierra (y no solo los Estados Unidos, igual otras jurisdicciones, por ejemplo, China donde los hechos de corrupción son castigados con pena de muerte y ello no evita que cada año tengan lugar ejecuciones basadas en similares motivos o Indonesia donde el narcotráfico está penado con la muerte e igualmente ello no evita que siga existiendo ese hecho), lo cual observando los medios periodísticos locales no resulta tal, siempre existe violencia y existen hechos punibles. Es menester indicar que para vivir en una sociedad ordenada no es necesario que el Estado se arrogue el poder de matar, en efecto, en la misma América del Norte pueden verse las dos caras de la moneda: por un lado, tenemos a los Estados Unidos, una de las sociedades más violentas del planeta, donde cada semana se suceden tiroteos, asesinatos masivos, etc.; por la otra, yendo algo más hacia el norte, tenemos a Canadá, país que no cuenta con pena de muerte (y tampoco extradita a países que la aplican, ver por todos, United States v. Burns, sentencia del 15 de febrero de 2003, Corte Suprema de Canadá/En este caso se dijo que la extradición hacia países que aplican la pena de muerte constituye una denegación fundamental de la justicia; ver también Soering c. Reino Unido, sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según se cita más adelante).

La disuasión tampoco es cumplida por la pena de muerte, pues ella no evita que otras personas cometan hechos punibles capitales a pesar de saber que, de ser atrapadas recibirán la pena de muerte al igual que otros que hayan cometido similares hechos punibles y que han subido al patíbulo muriendo así; aquí corresponde citar nuevamente a Savater, quien, siempre con suma claridad, señala que tal propósito no se cumple pues los delincuentes “sabiéndose ya jurídicamente ‘muertos’ no dudan en seguir matando para escapar de la justicia” (Acerca de la pena de muerte, ya citado). Finalmente, no cumple con la retribución pues, esta pena mantiene un enfoque erróneo al confundir al criminal con el hecho cometido por éste (un profundo estudio de estos puntos pueden ser observados en la densa y fantástica sentencia dictada por la Corte Suprema del Estado de Connecticut en el caso State of Connecticut v. Eduardo Santiago, dejo el link a mi página de ISSUU en la que publiqué una versión traducida de la misma para el caso que su lectura resulte de interés en cuanto a este tópico https://issuu.com/verseau_000/docs/st...).
Al no cumplir con los fines tradicionales supra indicados, tampoco puede cumplir con el que es considerado como el fin moderno de la pena cual es la readaptación del condenado y la protección de la sociedad(fin que, en el caso paraguayo se encuentra establecido en el art. 20 de la Constitución y el art. 39, inc. 1 del Código Penal), la razón de ello es pues, y para explicarme cito otra vez a Savater “identifica al criminal con su crimen y destruye a la persona para acabar con su culpa” (Acerca de la pena de muerte, artículo ya citado), resulta, consecuencia lógica de lo cual es, así pues, la imposibilidad de hacerlo habida cuenta de lo que implica la misma.

Todo lo anterior, resulta igualmente un eco de una disquisición mucho más profunda y que no puede abordada por completo ni agotada en el limitado marco de esta reseña y que radica en el cuestionamiento a la legitimidad misma de la pena de la pena de muerte. Uno de los personajes (utilizaré este término por ser el más corriente, no olvidemos que se trata de una persona real) igualmente recluso en el corredor de la muerte (Greg Wilhoit) se plantea esta cuestión luego de la ejecución de un compañero de penurias ”…Si matar estaba mal, ¿por qué el Estado se arrogaba ese derecho? ¿Con qué autoridad se llevaba a cabo la ejecución?...” (p. 216). En este sentido, mucho se ha escrito con relación a si la pena de muerte constituye o no un ejercicio legítimo del poder estatal. Mi planteamiento, desde la ya lejana época de la universidad, siempre ha sido el siguiente ¿será que al momento de renunciar a una parte de su libertad y establecer el contrato social el ser humano otorgó al Estado (o a la figura que en ese momento desempeñaba tal papel) el poder sobre la vida y la muerte de las personas?. Ni los estudios más serios y profundos que he tenido ocasión de leer dan respuestas a la misma. No obstante, reitero mi rotunda oposición a esta figura pues, si los teóricos no logran ponerse de acuerdo en cuestiones abstractas, razones mucho más prácticas me conducen a no apoyarla – como las expuestas con relación a que la pena no cumple con los fines tradicionales de la pena ni con el fin moderno de la misma –.

El Estado obtuvo su existencia del consentimiento de las personas que han renunciado a una parte de su libertad en aras a alcanzar ciertos derechos pero también ciertas obligaciones, es decir, el mismo tiene existencia y personalidad jurídica del consentimiento de sus gobernados, por consiguiente, no es dueño de la vida, ni de la libertad de nadie, de lo cual se extrae que éste no tiene (o no debería tener atribuciones para privar de su vida a nadie). Otra de las razones que me conducen a formular oposición a esta figura radica en que la misma resulta una completa violación a los derechos más elementales de la humanidad, si nuestro razonamiento es que a causa de una conducta realizada el individuo infractor ha de ser privado de la vida en señal de retribución no estamos lejos de volver a los ya arcanos tiempos de la lex talionis. La historia de la imposición de las penas pasó en un primer momento por la venganza privada (los mismos familiares del afectado hacía justicia por mano propia), atribución luego transferida a la tribu. Entonces al aplicar la pena de muerte lo que en realidad ocurre es una venganza, la única diferencia plausible es que ésta es ejecutada por el Estado en nombre de toda la sociedad, con lo cual no puedo sino dar la razón a Savater.

Así me pregunto, ¿existe diferencia entre el criminal que asesinó antes y el Estado que lo asesina legalmente después? . En mi particular opinión, la respuesta no puede ser otra que un rotundo NO.

El libro leído permite considerar igualmente dos de los que rodean a esta pena: condenar a un inocente y el populismo.

Abordo en primer término el riesgo intrínseco asociado a esta pena cual es la posibilidad de condenar a un inocente. Amnistía Internacional y el Réseaux internationale pour l’abolition de la peinde de mort publican frecuentemente datos relacionados con las veces en que inocentes han sido condenados a muerte, los cuales algunas veces han tenido la suerte del protagonista de este libro – Ron Williamson – de salvarse por poco de la ejecución a través de nuevos exámenes que demostraron su inocencia y otros no (el mismo autor – John Grisham – trata esta cuestión en otro libro que parece bastante bueno [confieso no haberlo leído aún] La confesión, asimismo puede observarse el tratamiento de este tema en la excelente película La vida de David Gale, protagonizada por Kevin Spacey, Kate Winslet y Laura Linney, les recomiendo). En efecto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos invocó esta posibilidad, así como la de los daños psicológicos asociados a la prolongada permanencia en el corredor de la muerte, para señalar que de extraditarse a una persona a los Estados Unidos se violarían sus derechos humanos (caso Soering c. Reino Unido, sentencia del 7/07/1989, link: https://issuu.com/verseau_000/docs/so...). En el caso State of Connecticut v. Eduardo Santiago (link más arriba) se señaló justamente que la pena de muerte no se ajusta a los estándares contemporáneos pues conlleva en sí misma el riesgo de condenar a un inocente junto al resultado irreversible derivado de su carácter final, y que tal posibilidad se acerca peligrosamente a un simple homicidio.

En cuanto al populismo, observemos tan solo el caso tratado en el presente libro. En el cual no solo no se disponían de pruebas concluyentes que demostraran la culpabilidad del acusado más allá de toda duda razonable, sino que la fiscalía utilizó diversas pruebas amañadas y declaraciones que constituían simplemente una sarta de mentiras, como declaraciones amañadas por parte de testigos que sencillamente se inventaron cuanto dijeron (no necesito decir que en casi todo el mundo mentir al tribunal es delito).

Otros factores influyeron igualmente en ello. Como ser, estar localizados en un pueblo pequeño, en el cual la víctima era una bella muchacha violada y asesinada, ya habían transcurrido muchos años desde el crimen y la policía y la fiscalía carecían de pruebas sólidas. No obstante lo cual, ese caso constituía una piedra en el zapato de la que debían deshacerse a como dé lugar. Todos estos factores en su conjunto revisten de gravedad suficiente como para afectar la percepción acerca de la labor de los órganos pertinentes (en una gran ciudad este sería solo uno más de tantos casos sin resolver, pero ya dice el dicho pueblo chico, infierno grande). Como en estos lugares aún se percibe a la policía y la fiscalía como el brazo fuerte de la ley, la palabra de éstos tiene gran valor, lo cual constituye un aliciente que dispone el estado de ánimo de los miembros del jurado (ciudadanos como cualquiera de nosotros) contra el acusado, de donde puede originarse un fuerte populismo.

Amén de lo detallado en el párrafo anterior, uno de los más sólidos factores que sostienen al populismo en este tipo de casos radica en la forma en que varias autoridades que intervienen en el caso llegan al cargo que ocupan, pues en muchos Estados son cargos de elección popular directa. Este aspecto fue desarrollado por el autor en su novela La apelación, una de las mejores sobre el mundillo judicial que he leído y que junto a El jurado constituye lo mejor de la obra de este autor, allí pueden observarse en toda su magnitud unas elecciones judiciales y la manera en que la actuación de los mismos, puede ser percibida por la población, por lo cual un caso no resuelto, sobre todo cuando la víctima fuere joven, guapa, de buena familia constituye un obstáculo para una nueva elección al cargo puesto que el pueblo podría ver dicho fracaso como resultado de una supuesta falta de diligencia.

En ciertos aspectos debo decir que el caso tratado en el presente libro, en el sentido de haberse condenado a un inocente sin pruebas contundentes, me ha recordado al caso Dreyfus. El capitán Alfred Dreyfus fue acusado en 1984 de entregar a los alemanes secretos militares, por ello fue juzgado por alta traición ante un tribunal militar, condenado a prisión perpetua y expulsado del ejército, demostrada luego la arbitrariedad de la condena y la fragilidad de las supuestas pruebas presentadas (incluso un expediente secreto al que la defensa no tuvo acceso), todo el proceso fue anulado por la Corte de Casación y Dreyfus fue rehabilitado (con derecho a una magnífica pieza de Emile Zola Yo acuso).

Tras su salida de la prisión Ron Williamson siguió llevando una vida tan desordenada como la que llevaba antes de su ingreso, siguió siendo un alcohólico empedernido, de hecho falleció a causa de una cirrosis hepática ocasionada por la bebida, pero no por ello la suya resultaba menos valiosa que la de otras personas de bien, toda vida es valiosa en sí misma.

No importa que tan desastrosa haya sido la vida que llevó y que su muerte haya sido igual, lo verdaderamente importante es que no murió tras los muros de una prisión, amarrado a una camilla, lo importante es que recuperó uno de los bienes más preciados de la humanidad: SU LIBERTAD. Y así también lo primordial es que murió como un hombre libre y no privado de su vida por el Estado.

A propósito de ser la libertad uno de los mayores tesoros de la humanidad, termino con esta cita del Maestro Linares Quintana, que caló profundamente en mi ser, desde el momento en que, siendo un jovenzuelo estudiante de derecho, accedí a su monumental Tratado: ”La historia del hombre es la historia de su lucha por la libertad. El hombre nació para ser libre, y a través de los siglos combate sin tregua para obtener la libertad, primero; para conservarla, luego; y cuando la ha perdido, para recuperarla, iniciando así un nuevo ciclo, en una serie que se repite al infinito en el decurso de los tiempos, sin que nunca la conquista sea definitiva, como si la Voluntad Divina fuera que por ese medio la llama de la libertad se mantuviera perennemente encendida en el alma humana” (Linares Quintana, Segundo. Tratado de la ciencia del derecho constitucional, Tomo 1, pag. 9).

Lectura recomendada.
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Cláudia 28/11/2010

Uma história real e muito triste. Gostei muito, mas é uma leitura complicada para se indicar.
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Garcia 06/07/2011

Contra a pena de morte
Argumento poderoso contra a pena de morte, este livro narra a história marcante de um ex-jogador famoso de beisebol que foi condenado à morte injustamente por um assassinato, e de como ficou sua vida após esse fato.
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Leonardo1436 19/08/2014

quis custodiet ipsos custodes
Serem fatos reais é o que deixa a coisa pior.
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